Artículo 66. En la Ley Federal y de las Entidades Federativas se contemplará que los sujetos obligados pongan a disposición del público y antengan actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:
El marco normativo aplicable al sujeto obligado, incluyendo
leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos,
reglas de operación, criterios, políticas, y otros análogos.
Su estructura orgánica completa, en un formato que vincule
cada área con las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada
servidor público. Así también, deberá señalar, en su caso, a los prestadores de
servicios profesionales.
Las atribuciones, metas y objetivos de las Áreas de
conformidad con sus programas operativos.
Los tabuladores de remuneraciones, que deberán indicar la
remuneración bruta y neta de todos los Servidores Públicos de base o de
confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones,
gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas
de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración.
El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la
dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener
información.
Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para
acceder a ellos.
Los trámites que ofrecen, sus requisitos y formatos.
Los montos destinados a gastos de comunicación social y
publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de
contrato y concepto o campaña.
Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio
presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen.
Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o
autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo
publicarse su objeto, nombre o razón social del titular, vigencia, tipo,
términos, condiciones, monto y modificaciones.
Los informes que por disposición legal generen los sujetos
obligados.
Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus
facultades, competencias o funciones.
El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión o
propiedad.
CUARTO TRIMESTRE 2024
Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los
sujetos obligados.
Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como
las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos
consultivos.
Cualquier otra información que sea de utilidad o se
considere relevante, además de la que, con base en la información estadística,
responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público.